Laura Montoya ha analizado para Noticias Jurídicas una sentencia en la que el Tribunal General de la Unión Europea confirmaba la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que había desestimado la solicitud de nulidad presentada por una empresa madrileña frente a la marca del caballo de Polo Ralph Lauren. La empresa española había sido titular de un dibujo español registrado ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, pero ese derecho de propiedad industrial ya había caducado.
“La norma aplicable al caso exige que, en el momento de declararse la nulidad de una marca posterior por la existencia de un diseño anterior, este diseño anterior esté en vigor y – conforme a la ley del país del diseño – su titular pueda hacerlo valer frente a terceros”.