Expansión | Rodrigo Manzanares comenta una sentencias sobre titularidad de marcas

Rodrigo Manzanares comenta para Expansión una sentencia de un juzgado mercantil de Barcelona en la que el demandado utilizó como marca y como denominación social de su nuevo negocio un signo muy similar al que había registrado su anterior empresa junto a sus otros dos socios.

“La demanda se refiere a la confrontación entre la marca anterior y el nuevos signo y denominación social y, por eso, no es admisible que el demandado intente caducar marcas que no han sido fundamento de la acción de violación y que ni siquiera incluían el término en conflicto. Este razonamiento es interesante, porque es frecuente que en demandas reconvencionales contra el demandante no se realice una adecuada evaluación de su viabilidad”

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